AVISO IMPORTANTE |
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Solo se facilitará el precio medio de los bienes inmuebles que no tengan valor de referencia en la fecha solicitada. Si a partir de 01/01/2022 los bienes inmuebles contaran con el valor de referencia previsto en la normativa reguladora del catastro inmobiliario, ese será el valor de los bienes a efectos de determinar la base imponible de los impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Puede consultar el valor de referencia facilitado por Catastro en este enlace: Sede electrónica de Catastro |
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